Cuando Ud. ya no realiza actividades entonces solicite la baja de inscripción en el RUC.
Previamente debe solicitar la baja de las series y de los comprobantes de pago no entregados utilizando el Formulario N° 825.
El trámite de baja de inscripción se realizará de manera personal por el titular o su representante legal, quien deberá:
1. Exhibir el original y presentar fotocopia de su documento de identidad. De efectuarse por un tercero, adicionalmente éste deberá exhibir el original y presentar fotocopia de su documento de identidad. El tercero facultado expresamente para realizar el tramite de baja de RUC mediante carta poder con firma legalizada notarialmente no esta obligado a exhibir el documento de identidad original del representante legal.
2. Presentar el Formulario N° 2135: Solicitud de Baja de Inscripción o de Tributos y además previamente debe presentar el Formulario N° 825 para dar de baja a la serie de los comprobantes de pago, además de presentar fotocopia simple según sea el caso.
La SUNAT aprobará la solicitud en un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días hábiles, contados desde el día de presentación de la citada solicitud. La aprobación de la baja de inscripción en el RUC no lo exime del cumplimiento de las obligaciones tributarias que pudiese haber generado.
El Anexo N° 3 del Reglamento de la Ley del RUC, señala la documentación que se debe exhibir en original y presentar en fotocopia dependiendo del tipo de baja que se trate:
N° | TIPOS DE BAJA | REQUISITOS |
1 | Traspaso de negocio. | Contrato privado de traspaso con firmas legalizadas por notario |
o fedatario de la SUNAT. | ||
Aplicable sólo a la persona natural, la sociedad conyugal o la | ||
sucesión indivisa. | ||
2 | Cierre o Cese definitivo. | No tiene requisitos adicionales. |
Aplicable sólo a la persona natural, la sociedad conyugal o la | ||
sucesión indivisa. | ||
3 | Quiebra o sobreseimiento | Resolución Judicial de Quiebra o Resolución de sobreseimiento |
definitivo. | definitivo en aquellos procesos regulados por el Decreto Ley | |
N° 26116 y su Reglamento. | ||
4 | Extinción o disolución de | Constancia de inscripción de la extinción en los Registros |
entidades inscritas en los | Públicos o Escritura Pública o acuerdo de fusión, escisión o | |
Registros Públicos. | demás formas de reorganización de sociedades o empresas, | |
según corresponda, inscrito en los Régistros Públicos. | ||
5 | Cancelación de la | Resolución del Registro de Organizaciones Políticas que |
inscripción de partidos, | cancela la inscripción del partido, alianza o movimiento u | |
alianzas o movimientos y | organización política del Jurado Nacional de Elecciones. | |
organizaciones políticas. | ||
6 | Fallecimiento del | Partida o Acta de Defunción del causante, emitida por la |
sujeto inscrito. | municipalidad correspondiente. | |
7 | Fin de la sucesión indivisa. | Si se trata de Partición Extrajudicial: Testamento, Escritura |
Pública o documento privado con firmas legalizadas | ||
notarialmente. | ||
Si se trata de Partición Judicial: Resolución Judicial de Partición. | ||
8 | Disolución o extinción de | Acta o acuerdo de disolución o extinción de la entidad. |
Universidades, Institutos y | ||
Escuelas Superiores, y | Adicionalmente, en el caso de los centros educativos que se | |
Centros Educativos o | acogen al Decreto Legislativo N° 882, el Acta o Acuerdo de | |
Culturales particulares. | disolución deberá indicar expresamente, que ésta se da con el | |
fin de acogerse a lo normado en el mencionado Decreto. | ||
9 | Extinción de entidades del | Dispositivo legal donde se formaliza el cese, fusión o demás |
Gobierno Central, Regional | formas de extinción o reorganización de la entidad, según | |
o Local, Instituciones | corresponda. | |
Públicas, Unidades | ||
Ejecutoras, Empresas de | ||
Derecho Público, | ||
Universidades, Institutos y | ||
Escuelas Superiores, | ||
Centros Educativos o | ||
Culturales del Estado. | ||
10 | Extinción o disolución de | Documento que acredite el acuerdo de los socios de poner fin a |
Sociedades Irregulares. | la Sociedad Irregular y, la constancia o certificado de los | |
Registros Públicos en el que conste que no existe una Persona | ||
Jurídica inscrita con la denominación o razón social elegida por | ||
la Sociedad Irregular, cuya fecha de expedición no exceda los | ||
diez (10) días hábiles; o, de ser el caso, la ficha de inscripción | ||
de la Persona Jurídica que se encuentre inscrita con la misma | ||
denominación o razón social elegida por la Sociedad Irregular. | ||
11 | Extinción de comunidad | Documento que acredite el fin de la comunidad de bienes. |
de bienes. | ||
12 | Liquidación de fondos de | FONDOS MUTUOS Y FONDOS DE INVERSIÓN DE OFERTA |
inversión, y fondos mutuos | PÚBLICA | |
de inversión en valores. | Resolución de la CONASEV de exclusión del Registros Público | |
del Mercado de Valores. | ||
FONDOS DE INVERSIÓN DE OFERTA PRIVADA | ||
Documento que contenga el acto de disolución o extinción | ||
legalizado por Notario Público | ||
13 | Término del fideicomiso en | Escritura Pública o documento que acredite el acuerdo de |
el caso de Patrimonios | extinción del fideicomiso. | |
Fideicometidos de | ||
Sociedades Titulizadoras. | ||
14 | Término del Contrato de | Acta o acuerdo que acredite el término del contrato. |
Colaboración Empresarial. | ||
15 | Cancelación de la | Resolución mediante la cual cancela su inscripción en el |
inscripción de las Entidades | Registro de Entidades e Instituciones Extranjeras de | |
e Instituciones Extranjeras | Cooperación Técnica Internacional de la Agencia Peruana de | |
de Cooperación Técnica | Cooperación Internacional - APCI, o constancia de la no | |
Internacional - ENIEX | renovación de la inscripción en el citado Registro expedido por la | |
referida Agencia. | ||
16 | Cancelación de las | Documento en el que conste el cese de la Embajada, Misión |
Embajadas, Misiones | Diplomática, Oficina Consular y Organización Internacional, | |
Diplomáticas, Oficinas | expedido por la Dirección de Privilegios e Inmunidades del | |
Consulares y | Ministerio de Relaciones Exteriores. | |
Organizaciones | ||
Internacionales. | ||
17 | Extinción de Instituciones | Documento expedido por la autoridad eclesiástica competente |
Religiosas pertenecientes | donde conste su disolución o extinción. | |
a la Iglesia Católica. | ||
18 | Cualquier otra circunstancia | Documento que acredite su cierre, cese, disolución o extinción. |
que conlleve la pérdida de | ||
su calidad de deudor | ||
tributario. |
No hay comentarios:
Publicar un comentario