domingo, 11 de marzo de 2012

¿QUE DEBO HACER CUANDO YA NO TENGO ACTIVIDADES?

Cuando Ud. ya no realiza actividades entonces solicite la baja de inscripción en el RUC.
Previamente debe solicitar la baja de las series y de los comprobantes de pago no entregados utilizando el Formulario N° 825.
 
El trámite de baja de inscripción se realizará de manera personal por el titular o su representante legal, quien deberá:

1.   Exhibir el original y presentar fotocopia de su documento de identidad. De efectuarse por un tercero, adicionalmente éste deberá exhibir el original y presentar fotocopia de su documento de identidad. El tercero facultado expresamente para realizar el tramite de baja de RUC mediante carta poder con firma legalizada notarialmente no esta obligado a exhibir el documento de identidad original del representante legal.
2.   Presentar el Formulario N° 2135: Solicitud de Baja de Inscripción o de Tributos y además previamente debe presentar el Formulario N° 825 para dar de baja a la serie de los comprobantes de pago, además de presentar fotocopia simple según sea el caso.

La SUNAT aprobará la solicitud en un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días hábiles, contados desde el día de presentación de la citada solicitud. La aprobación de la baja de inscripción en el RUC no lo exime del cumplimiento de las obligaciones tributarias que pudiese haber generado.

El Anexo N° 3 del Reglamento de la Ley del RUC, señala la documentación que se debe exhibir en original y presentar en fotocopia dependiendo del tipo de baja que se trate:

       TIPOS DE BAJAREQUISITOS
1Traspaso de negocio.Contrato privado de traspaso con firmas legalizadas por notario
  o fedatario de la SUNAT.
  Aplicable sólo a la persona natural, la sociedad conyugal o la 
  sucesión indivisa.
2Cierre o Cese definitivo.No tiene requisitos adicionales.
  Aplicable sólo a la persona natural, la sociedad conyugal o la 
  sucesión indivisa.
3Quiebra o sobreseimientoResolución Judicial de Quiebra o Resolución de sobreseimiento 
 definitivo.definitivo en aquellos procesos regulados por el Decreto Ley 
  N° 26116 y su Reglamento.
4Extinción o disolución deConstancia de inscripción de la extinción en los Registros
 entidades inscritas en losPúblicos o Escritura Pública o acuerdo de fusión, escisión o 
 Registros Públicos.demás formas de reorganización de sociedades o empresas, 
  según corresponda, inscrito en los Régistros Públicos.
5Cancelación de la Resolución del Registro de Organizaciones Políticas que 
 inscripción de partidos,cancela la inscripción del partido, alianza o movimiento u 
 alianzas o movimientos yorganización política del Jurado Nacional de Elecciones.
 organizaciones políticas. 
6Fallecimiento delPartida o Acta de Defunción del causante, emitida por la 
 sujeto inscrito.municipalidad correspondiente.
7Fin de la sucesión indivisa.Si se trata de Partición Extrajudicial: Testamento, Escritura
  Pública o documento privado con firmas legalizadas
  notarialmente.
  Si se trata de Partición Judicial: Resolución Judicial de Partición.
8Disolución o extinción deActa  o acuerdo de disolución o extinción de la entidad.
 Universidades, Institutos y  
 Escuelas Superiores, yAdicionalmente, en el caso de los centros educativos que se 
 Centros Educativos o acogen al Decreto Legislativo N° 882, el Acta o Acuerdo de 
 Culturales particulares.disolución deberá indicar expresamente, que ésta se da con el 
  fin de acogerse a lo normado en el mencionado Decreto.
9Extinción de entidades delDispositivo legal donde se formaliza el cese, fusión o demás
 Gobierno Central, Regionalformas de extinción o reorganización de la entidad, según 
 o Local, Instituciones corresponda.
 Públicas, Unidades  
 Ejecutoras, Empresas de  
 Derecho Público,  
 Universidades, Institutos y 
 Escuelas Superiores,   
 Centros Educativos o  
 Culturales del Estado. 
10Extinción o disolución deDocumento que acredite el acuerdo de los socios de poner fin a 
 Sociedades Irregulares.la Sociedad Irregular y, la constancia o certificado de los 
  Registros Públicos en el que conste que no existe una Persona 
  Jurídica inscrita con la denominación o razón social elegida por
  la Sociedad Irregular, cuya fecha de expedición no exceda los
  diez (10) días hábiles; o, de ser el caso, la ficha de inscripción 
  de la Persona Jurídica que se encuentre inscrita con la misma
  denominación o razón social elegida por la Sociedad Irregular.
11Extinción de comunidadDocumento que acredite el fin de la comunidad de bienes.
 de bienes. 
12Liquidación de fondos de FONDOS MUTUOS Y FONDOS DE INVERSIÓN DE OFERTA
 inversión, y fondos mutuosPÚBLICA
 de inversión en valores.Resolución de la CONASEV de exclusión del Registros Público
  del Mercado de Valores.
   
  FONDOS DE INVERSIÓN DE OFERTA PRIVADA
  Documento que contenga el acto de disolución o extinción
  legalizado por Notario Público
13Término del fideicomiso enEscritura Pública o documento que acredite el acuerdo de
 el caso de Patrimoniosextinción del fideicomiso.
 Fideicometidos de  
 Sociedades Titulizadoras. 
14Término del Contrato deActa o acuerdo que acredite el término del contrato.
 Colaboración Empresarial. 
15Cancelación de la Resolución mediante la cual cancela su inscripción en el 
 inscripción de las EntidadesRegistro de Entidades e Instituciones Extranjeras de
 e Instituciones  ExtranjerasCooperación Técnica Internacional de la Agencia Peruana de 
 de Cooperación TécnicaCooperación Internacional - APCI, o constancia de la no 
 Internacional - ENIEXrenovación de la inscripción en el citado Registro expedido por la
  referida Agencia.
16Cancelación de las Documento en el que conste el cese de la Embajada, Misión 
 Embajadas, Misiones Diplomática, Oficina Consular y Organización Internacional, 
 Diplomáticas, Oficinas expedido por la Dirección de Privilegios e Inmunidades del 
 Consulares y Ministerio de Relaciones Exteriores.
 Organizaciones  
 Internacionales. 
17Extinción de Instituciones Documento expedido por la autoridad eclesiástica competente
 Religiosas pertenecientesdonde conste su disolución o extinción.
 a la Iglesia Católica. 
18Cualquier otra circunstanciaDocumento que acredite su cierre, cese, disolución o extinción.
 que conlleve la pérdida de 
 su calidad de deudor 
 tributario.

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