miércoles, 16 de septiembre de 2015

SUNAT SE ABRE A LAS CONSULTAS PARTICULARES

Ya podemos realizar consultas... pero no todos!!
 

Según lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 253-2015-EF, se fijó el procedimiento para la presentación de consultas particulares, así como los criterios para la implementación progresiva de dicho trámite por la entidad recaudadora.

Los contribuyentes podrán ejercer su derecho de formular consultas particulares a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) respecto al régimen jurídico que se aplicará a determinadas situaciones o hechos relacionados con tributos cuya obligación fiscal aún no hubiera nacido.

De acuerdo con la norma, la consulta particular se deberá presentar a dicha entidad en forma escrita (bajo una serie de requisitos), detallándose situaciones concretas vinculadas al mismo administrado que guarden relación con tributos cuya obligación fiscal todavía no haya nacido al momento de la presentación de la consulta.

En el caso de procedimientos aduaneros, las consultas particulares procederán respecto de aquellos en los cuales no se haya iniciado el trámite de manifiesto de carga o numeración de la DUA.

Luego, corresponderá a la Sunat contestar cada consulta particular que reciba en un plazo de cuatro meses, contados desde el día siguiente a la fecha de presentación de la misma.

Pero no todos son sujetos de realizar consultas a esta entidad, según el artículo 8° de este Decreto se establece solo a ciertos contribuyentes, dependiendo de la envergadura y nivel de inversión, como beneficiados con esta norma. Tenemos aquellos sujetos que hubieran solicitado a Proinversión la suscripción de un contrato de inversión y dicha entidad les hubiera comunicado la aprobación del proyecto del mismo, que hayan suscrito un convenio de estabilidad jurídica, entre otras grandes inversiones.

Con esa ley se reconoce el derecho de los contribuyentes a formular consultas particulares a la Sunat, esperemos su ampliación de criterio hacia todos aquellos que guardamos muchas dudas con respecto a la aplicación de la normativa vigente.

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