DEROGAN OBLIGACION DE CONSIGNAR RUC EN PLATAFORMAS DIGITALES

Finalmente se derogó la tan cuestionada norma que obligaba a los empresarios, influencer, y otros a colocar su identificación en la oferta de sus productos o servicios en redes y otros documentos.

Hoy se publicó la Ley Nro. 32080 que deroga la obligación de consignar el RUC y Razón Social en toda documentación mediante la cual se oferten bienes o servicios supuesto que también incluía ofertas realizadas en plataformas digitales de comercio electrónico, redes sociales, paginas web, correos publicitarios, aplicaciones móviles y otros.

Recordemos que, esta obligación entró en vigencia en julio 2023 y a la fecha no era sancionada según criterio discrecional de la SUNAT - Resolución de Superintendencia No. 020-2023-SUNAT/700000.


Derogan artículo 173° numeral 9 del Código Tributario










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