miércoles, 21 de octubre de 2015

DISTRIBUCION DE UTILIDADES - PRESCRIPCION DEL DERECHO DE COBRO

Al cierre de cada ejercicio las empresas tienen la obligación, de ser el caso, de realizar distribución de sus utilidades en el porcentaje determinado por Ley para cada sector económico. 
Pero la pregunta que algunos se hacen es ¿Qué pasa con aquellos montos que nunca son cobrados? y nos ponemos en el caso de los trabajadores cesados que a pesar de haberse comunicado la distribución no efectuan el cobro de ese dinero.

Al respecto la norma laboral nos indica lo siguiente:

Decreto Legislativo N° 892, artículo 9°

"Los trabajadores que hubieran cesado antes de la fecha en la que se distribuya la participación en la renta, tienen derecho a cobrar el monto que les corresponda en el plazo prescriptorio fijado por Ley, a partir del momento en que debió efectuarse la distribución.

Vencido el plazo, la participación no cobrada se agregará al monto a distribuir por concepto de participación en las utilidades del ejercicio en el que venza dicho plazo."



Ley N° 27321
"Las acciones por derechos derivados de la relación laboral prescriben a los cuatro años, contados desde el día siguiente en que se extingue el vínculo laboral"



Entonces, podemos apreciar que la norma nos explica claramente cual es el procedimiento a seguir en este caso y el plazo máximo que tienen los trabajadores para ejercer su derecho de cobro. Por lo tanto, si un trabajador cesado no cobro sus utilidades que le correspondian por Ley de un ejercicio determinado, en el lapso de 4 años, estos pasarán a formar parte de nuevas utilidades a distribuir.


En el siguiente cuadro explicamos cual sería el tratamiento de las utilidades distribuidas del ejercicio 2011:















Utilidades del ejercicio

Año de distribución

Plazo prescrip.

Año de prescripción

Se incorporan a las utilidades del ejercicio

Que se distribuyen en el año

2011

2012

4 años

2016

2016

2017



Es importante que los trabajadores conozcan cuales son sus derechos y sobre todo el tema de la prescripción de las deudas empresariales derivadas de su relación laboral.

Normas de Interés Legal y Tributario publicadas del 17 al 21.10.2015

 

Normas Legales

 

Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria

 

 

 

Res. N° 289-2015/SUNAT

 

Flexibilizan requisito para otorgar el aplazamiento y/o fraccionamiento de la deuda tributaria por tributos internos y para refinanciar su saldo.

 

(Publicado 21 de octubre 2015)

 

 

 

Res. N° 285-2015/SUNAT

 

Aprueban formularios virtuales para la declaración y pago de las retenciones y percepciones del IGV a través de SUNAT Virtual.

 

(Publicado 18 de octubre 2015)

lunes, 5 de octubre de 2015

Normas de Interés Legal y Tributario del 01 al 05 Octubre 2015

 

 

Trabajo y Promoción del Empleo

 

 

 

Res. Ger. Central de Seguros y Prestaciones Económicas N° 30-GCSPE-ESSALUD-2015

 

Suspenden temporalmente la afiliación de nuevos asegurados al Seguro EsSalud Independiente.

 

 

(Publicado el 05 de octubre 2015)

 

 

 

Res. Ger. Central de Seguros y Prestaciones Económicas N° 32-GCSPE-ESSALUD-2015

 

Modifican la Res. N° 034-GCAS-ESSALUD-2011, en lo referido a prestación de maternidad.

 

 

(Publicado el 05 de octubre 2015)

 

 

Decretos Legislativos

 

 

 

Decreto Legislativo N° 1232 Fe de Erratas

 

 

Decreto Legislativo que modifica diversos artículos y disposiciones complementarias transitorias y finales del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado.

 

 

(Publicado el 03 de octubre 2015)

 

Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria

 

 

 

Res. N° 274-2015/SUNAT

 

 

Resolución de Superintendencia que regula la emisión electrónica de los comprobantes de retención y de los comprobantes de percepción.

 

 

(Publicado el 01 de octubre 2015)